La Paz, 14 de agosto de 2024 (ABI). – La Vicepresidencia del Estado solicitó al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) la corrección de la sentencia que declaró inconstitucional el numeral 5 del artículo 32 de la Ley Marco de la Madre Tierra y Desarrollo Integral para Vivir Bien.
En un comunicado, la Vicepresidencia del Estado Plurinacional de Bolivia informó que presentó “formalmente una solicitud de aclaración, complementación y enmienda ante el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) respecto a la Sentencia Constitucional Plurinacional No. 0040/2024, emitida el 19 de junio de 2024” con la que fue notificada el 7 de agosto de 2024.
La sentencia del TCP resuelve declarar la inconstitucionalidad de la frase “…estarán enfocados en la no mercantilización de las funciones ambientales de los componentes de la Madre Tierra, por lo que no incluirán mecanismos de financiamiento asociados a los mercados de carbono”, contenida en el art. 32.5 de la Ley 300 de 15 de octubre de 2012 –Ley Marco de la Madre Tierra y Desarrollo Integral para Vivir Bien– “por ser contraria a los arts. 13.IV, 33, 47.I, II y III, 256.II, 299.I, 308.II, 345.3, 346, 347.I y II, 391.I y 410.II de la Constitución Política del Estado; 5.1 del Acuerdo de París; y, 3.10, 11 y 12 del Protocolo de Kyoto; y en consecuencia, disponer su expulsión del ordenamiento jurídico vigente”.
La Vicepresidencia informó que en la sentencia mencionada el TCP afirmó que la autoridad representante del Órgano generó la norma impugnada, en este caso la Vicepresidencia del Estado Plurinacional y Presidencia de la Asamblea Legislativa Plurinacional, no presentó el informe correspondiente dentro del plazo establecido.
Sin embargo, refiere que “dicha afirmación no refleja la realidad de los hechos, ya que la notificación de la Acción de Inconstitucionalidad Abstracta y el Auto de Admisión fue debidamente recibida y contestada por esta entidad el 1 de noviembre de 2023, cumpliendo con el plazo legal establecido de quince (15) días, conforme al artículo 76, parágrafo del Código Procesal Constitucional (Ley No. 254 de 5 de julio de 2012)”.
“Por lo tanto, se ha solicitado al Tribunal Constitucional Plurinacional la corrección de la mencionada sentencia, para que se reconozca que la Vicepresidencia del Estado Plurinacional presentó su informe dentro del plazo legal, y se enmiende cualquier efecto derivado de la no consideración de este informe en otros puntos del fallo”, agrega el documento.
En ese contexto, la Vicepresidencia reafirmó su compromiso con el respeto a las normas constitucionales y procesales, así como con la defensa de la Madre Tierra y la no mercantilización de sus funciones ambientales.
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