Cámara Inmobiliaria destaca que Decreto 4732 previene cláusulas abusivas y no aborda la compra venta de bienes entre particulares

Cámara Inmobiliaria destaca que Decreto 4732 previene cláusulas abusivas y no aborda la compra venta de bienes entre particulares

La Paz, 26 de mayo de 2024 (ABI). – La Cámara Nacional Inmobiliaria de Bolivia (CNIB) destacó que el Decreto Supremo 4732 previene cláusulas abusivas en los contratos de preventa de bienes inmuebles, tiene avances importantes en la protección de los derechos de los consumidores, y no guarda relación con la compra venta de bienes inmuebles entre particulares.

“El Decreto Supremo No 4732 es una disposición normativa destinada a la prevención de cláusulas abusivas en los contratos de preventa de bienes inmuebles, cuyo objeto no guarda relación con la compra venta de bienes inmuebles entre particulares”, aclaró la CNIB a través de un pronunciamiento público.

En los últimos días, algunos sectores de gremiales y legisladores de oposición y de la línea “evista” cuestionaron el Decreto Supremo 4732, argumentando que la norma obliga a las personas a pedir autorización para la compra o venta de una casa al Ministerio de Justicia, lo que fue desmentido por el Gobierno.

Las autoridades de Gobierno aseguran que esta norma ya tiene dos años de vigencia, se aplica para proveedores de bienes inmuebles en la modalidad de preventa y no afecta a otras personas que quieren hacer transacciones con sus propiedades.

Incluso, desde 2022 a la fecha logró la restitución de casi $us 1 millón a favor de víctimas de inmobiliarias o empresarios.

La Cámara considera que este decreto introduce importantes avances en la protección de los derechos de los consumidores y promueve prácticas comerciales más transparentes y equitativas, al permitir que todos los contratos de preventa de inmuebles cuenten con una certificación que garantice la ausencia de cláusulas abusivas.

“Esta medida asegura que los compradores reciban información completa y veraz sobre los bienes inmuebles, reduciendo el riesgo de prácticas comerciales desleales”, se lee en el documento.

Asimismo, la CNIB resalta que el decreto establece parámetros claros para la certificación de los contratos, incluyendo la identificación del propietario, la verificación de la propiedad del inmueble y la obligación de entregar el título de propiedad una vez finalizado el pago.

Esto proporciona mayor seguridad jurídica a compradores y vendedores, y fomenta un mercado inmobiliario más confiable

Además, la normativa establece mecanismos para la denuncia y reclamación ante el Viceministerio de Defensa de los Derechos del Usuario y del Consumidor en casos de incumplimiento, lo cual asegura “que los consumidores tengan vías efectivas para hacer valer sus derechos y recibir las compensaciones correspondientes cuando se detecten irregularidades”.

En los últimos días, algunos sectores de gremiales y legisladores de oposición y de la línea “evista” cuestionaron el Decreto Supremo 4732, argumentando que la norma obliga a las personas a pedir autorización para la compra o venta de una casa al Ministerio de Justicia, lo que fue desmentido por el Gobierno.

Las autoridades de Gobierno aseguran que esta norma ya tiene dos años de vigencia, se aplica para proveedores de bienes inmuebles en la modalidad de “preventa” y no afecta a otras personas que quieren hacer transacciones con sus propiedades.

nj/JC


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