Al no disputarse en el litigio internacional “un centímetro” de soberanía boliviana de las aguas del Silala, la resolución de la CIJ no definirá si alguno de los Estados: Bolivia-Chile ganen o pierdan; sólo resolverá dos cosas en base a las pruebas científicas hídricas (empresa danesa DHI): el estado y el uso de las aguas del Silala.
Fue una empresa anglo-chilena que construyó-mejoró el caudal (en territorio boliviano) del curso natural del Silala en base a una concesión otorgada en 1908 y revocada en junio de 1997 señalando que ese manantial es exclusivamente boliviano en base a una consultoría no pericial. Dos años después se llama a una licitación internacional para el aprovechamiento de esas aguas. Lo que motivó en el derecho internacional la demanda de Chile ante La Haya.
No se puede descartar la memoria histórica de solidez negociadora. Los avances bilaterales estuvieron proyectados en la denominada “agenda de los 13 puntos” vía diplomacia de los pueblos; a partir del reconocimiento chileno de que una empresa de ese país que usa las aguas del Silala debía pagar al menos el 50% de su uso y dejar el pago del otro 50% a un estudio conjunto. El año 2009, Chile y Bolivia estuvieron a punto de suscribir un acuerdo sobre el Silala defenestrado por un movimiento radical cívico en el sur del país.
El Silala es un manantial de bofedales que fluye aguas abajo y que, al ser canalizado artificialmente, aumenta considerablemente su caudal en el tramo que llega hasta territorio chileno. Es decir que el Silala es un río que nace de manantiales en Bolivia.
Nuestro país como suscribiente del Pacto de Bogotá y además en sujeción constitucional al mandato estatal pacifista (Art.10) promovedor de la cultura y el derecho a la paz; defiende una posición sustentada en tres argumentos: el derecho a decidir sobre el uso de los canales del Silala en su territorio en el marco de su soberanía, que esas aguas que fluyen artificialmente están sujetas a la celebración de un acuerdo y que el objeto dirimidor esté en función al estudio internacional expuesto en la litis.
Hoy es tiempo del redireccionamiento de la política exterior boliviana, no podemos continuar distrayéndonos en las disidencias, sino en las coincidencias cuando entre ambos países tenemos tantas cosas en común a más del letargo de deudas históricas, debemos contribuir al desarrollo equitativo y con pleno respeto a la soberanía de los estados. Hoy se debe apostar por las relaciones productivas.
Con estas consideraciones es probable que la resolución de la CIJ sea un fallo creativo que emita una decisión de satisfacción bilateral.