La Paz, 05 de abril de 2023 (ABI). - La Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo cumple con la Constitución Política del Estado (CPE), sin embargo, el pedido de la Universidad Autónoma Gabriel René Moreno (Uagrm) de un referéndum respecto a la administración de esta empresa contradice la carta magna, aclaró este miércoles el gerente general, Jaime Durán.
El rector de la Uagrm de Santa Cruz, Vicente Cuellar, planteó un referéndum para que los aportantes decidan si sus recursos se queden con la administración privada, que son las Administradoras de Fondos de Pensiones (APF), o pasen a la administración estatal, que es la Gestora.
“Al respecto, como Gestora, nosotros debemos ser muy claros indicando que esta propuesta de referéndum contradice la Constitución y la Ley 026 de Régimen Electoral del 30 de junio del año 2010”, afirmó el gerente de la Gestora Pública en conferencia de prensa.
En esa línea, explicó que el numeral 16 del parágrafo II del artículo 298 de la Constitución Política señala que “es competencia exclusiva del nivel central del Estado boliviano el régimen de seguridad social”.
Además, la Constitución, en su artículo 45, establece que la dirección y administración de la seguridad social corresponde al Estado e indica que los servicios de seguridad social publica no podrán ser privatizados ni concesionados.
Asimismo, el artículo 14 de la Ley 026 señala que “no podrá someterse a referendo entre otros las competencias privativas, exclusivas, concurrentes y compartidas establecidas en la Constitución Política del Estado”.
“Se observa con claridad que este pedido de referéndum no estaría de acuerdo con lo establecido con la Constitución Política del Estado ni la Ley 026. Por lo tanto, se trata de una propuesta que no tiene base legal en tanto y en cuanto la Gestora está cumpliendo con lo que establece la Constitución y la ley”, insistió.
La universidad cruceña también señaló que el traspaso de la administración de las AFP a la Gestora Pública “estaría significando una suerte de confiscación, una suerte de que a partir de ahora el Estado dispondría de estos recursos libremente”.
“Yo quiero desmentir categóricamente estas afirmaciones y quiero recordar a los colegas universitarios que está vigente el artículo 6 de la Ley 065 que establece con absoluta claridad que cada uno de los fondos del Sistema Integral de Pensiones se constituye como un patrimonio autónomo y diverso del patrimonio de la entidad que los administra y solo pueden disponerse de conformidad a la presente ley”, dijo.
Aclaró que no existe ninguna ley que establezca esta supuesta libre disponibilidad por parte del Estado.
“Nosotros como Gestora queremos informar a la población que vamos a cumplir estrictamente la ley y vamos a buscar los mejores rendimientos, vamos a buscar minimizar el riesgo dentro de las inversiones y que no existe ninguna obligación de invertir en instrumentos del Estado”, afirmó.
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