El director ejecutivo de la DGAC, José Garcia, en conferencia de prensa. Foto: Freddy Barragán.
El director ejecutivo de la DGAC, José Garcia, en conferencia de prensa. Foto: Freddy Barragán.

DGAC da cinco días a Amaszonas para resolver situación sobre el arrendamiento de sus aeronaves

La Paz, 03 de agosto de 2023 (ABI).- En cumplimiento a la normativa nacional e internacional, la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) informó este jueves que se dio un plazo de cinco días a la línea aérea Amaszonas, a partir de la notificación de la desmatriculación de sus aeronaves arrendadas a la empresa GY Aviation Lease 1816 Co. Limited, para que pueda solucionar el conflicto económico entre empresas privadas.

“Velando el interés público, protegiendo los intereses de los usuarios, principalmente dando el cumplimiento a la Ley N°165 de Transportes, que promueve la continuidad a la provisión del servicio de transporte aéreo, es que se ha concedido un plazo de cinco días adicionales, a partir de la notificación de estas resoluciones, para que la empresa Amaszonas pueda tomar los recaudos pertinentes para resolver la presente situación”, afirmó el director ejecutivo de la DGAC, José García.

La DGAC informó que la notificación a la línea aérea Amaszonas se realizó el pasado 01 de agosto, por lo que la siguiente semana culminaría el plazo y la línea aérea no podría operar con ninguna de las cuatro aeronaves: CP-3135, CP-3142, CP-3145 y CP-3171, de propiedad de GY Aviation Lease 1816 Co. Ltd.

“Ahora bien, Amaszonas tiene una serie de facilidades, ya que puede operar con cualquier otro lessor (arrendador) y operar cualquier otro tipo de aeronaves, debido a que dicha línea aérea cuenta con su Certificado de Operador Aéreo aprobado por la Autoridad Aeronáutica Civil y su permiso de operación vigente hasta 2024”, dijo García.

El director de la DGAC comunicó que, a través de una nota enviada en fecha 23 de junio de 2023, el arrendador exigió la desmatriculación de las cuatro aeronaves con las que opera Amaszonas.

García afirmó que, de acuerdo a la RAB 47.120, inciso b, se establece que la matrícula de cada aeronave se mantendrá vigente a menos que "el propietario o explotador de la aeronave solicite la cancelación de la matrícula", concordante con el Anexo 7 "Marcas de nacionalidad y de matrícula de las aeronaves" del Convenio sobre Aviación Civil Internacional.

La DGAC manifestó su compromiso por la vigilancia de la seguridad operacional de las actividades aeronáuticas civiles del Estado boliviano.

Rdc/Afbs


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